4 de diciembre: ELECCIONES ONCE

Secciones: Te interesa
53079.jpg

El próximo 4 de diciembre se celebrarán las votaciones del proceso electoral abierto por el Pleno del Consejo General de la ONCE, para la renovación de sus Consejos Territoriales y del propio Consejo General. De esta manera, la ONCE inicia la décima cita electoral de su etapa democrática, que permitirá a las personas ciegas o con discapacidad visual grave afiliadas a la Organización, mayores de edad, tener la posibilidad de elegir a sus representantes en los órganos internos de representación.

En esta ocasión y, de acuerdo con la normativa electoral que rige estos comicios, se han incorporado novedades que facilitan, aún más, la participación tanto a nivel de candidaturas que se presentan a las elecciones como de personas que quieren ejercer el derecho al voto. Se ha reforzado la Administración Electoral con un mayor número y mejor distribución geográfica en el ámbito provincial de las Juntas Delegadas de Zona,  y se han recogido las últimas novedades de la jurisprudencia en la regulación del voto por correo. Además, se acercarán las urnas a los posibles votantes presenciales, al habilitar espacios para las votaciones ubicados en dependencias de la Administración Pública (Ayuntamientos, Diputaciones, etc.) de las localidades de más de 20.000 habitantes y con un censo de más de 50 electores de la ONCE. De esta manera, se prevé contar con más de 200 centros electorales en todo el país. Por otra parte, para facilitar la participación del máximo número de candidaturas, se ha establecido un límite en el número de avales que puede presentar cada candidatura, de manera que  no podrá superar el 20% del censo electoral de cada circunscripción.

También se ha ajustado esta convocatoria -por primera vez en los procesos electorales de la ONCE- a la letra y el espíritu de la Convención de la ONU sobre Derechos de las Personas con Discapacidad, ratificada por España en 2008. Así, para proceder a la inhabilitación como elector de cualquier afiliado o afiliada, deberá ser obligada la existencia de una sentencia judicial firme de incapacitación  que fije, de forma expresa, la retirada del derecho de sufragio del interesado; y de la que, además, la ONCE debe tener la debida constancia (es una medida importante para personas con alguna discapacidad, especialmente intelectual, que puedan verse inmersas en alguna cuestión de las referidas). Manteniendo el mismo espíritu de la Convención, se ha eliminado la restricción para ser miembro de cualquier Mesa electoral que existía para los mayores de 65 años.

Por otro lado, esta próxima cita electoral será la primera en acogerse a lo establecido en los actuales Estatutos de la ONCE (renovados el año 2011), de modo que tanto el Consejo General como los Consejos Territoriales reducen su número de miembros. Se elegirán así 111 consejeros territoriales (frente a los 150 actuales) y el Consejo General pasará de 15 a 11 miembros, lo que implica aproximadamente un 26% de reducción en cuanto a número de representantes. Esta medida se tomó en 2011 en coherencia con la reestructuración a la baja de los cargos directivos y mandos intermedios.  

 

Visor de contenido web (Global)

Compartir :

Publicador de contenidos

Calendario

Suscripcion

Suscripción

Suscríbete al boletín de Noticias ONCE de la Comunidad de Madrid
Te informamos de que los datos de carácter personal que nos proporciones al rellenar el presente formulario serán tratados por Política privacidad

Publicador de contenidos