CERMI Madrid celebra la aprobación de la Ley de Acceso de los perros de asistencia

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El CERMI Comunidad de Madrid aplaude la aprobación de la Ley de Acceso al Entorno de Personas con Discapacidad que precisan el acompañamiento de perros de asistencia, una Ley muy demandada por parte del colectivo de Personas con Discapacidad a lo largo de estos últimos años.

Los perros de asistencia son una ayuda técnica muy efectiva para mejorar la autonomía de personas con discapacidad, que aportan diariamente beneficios en el ámbito de la motivación, socialización y en el campo terapéutico, y a partir de ahora contarán con un marco legal para que su uso sea normalizado, como lo es ya el de los perros guía.

Con esta nueva Ley, tendrán derecho, dentro de la Comunidad de Madrid, al acceso a lugares públicos o de uso público, a lugares y espacios privados de uso colectivo y al entorno laboral de la persona con discapacidad. Entre otros sitios podrán acceder a: lugares de esparcimiento al aire libre; centros oficiales, de enseñanza, sanitarios y asistenciales y religiosos; establecimientos hoteleros, albergues, campamentos, bungalows, apartamentos, ciudades de vacaciones y balnearios; instalaciones deportivas, incluidas las piscinas hasta el margen de la zona de agua; cualquier tipo de transporte colectivo de uso público en el ámbito de la Comunidad, incluidos los taxis; estaciones de cualquier tipo de transporte público y de uso público (estaciones de autobuses, metro, ferrocarril, aeropuertos, etc.).

La Ley contempla como perros de asistencia, además de a los perros guía, a los llamados perros señal, adiestrados para avisar a personas con discapacidad auditiva; a los perros de servicio, preparados para ofrecer apoyos en tareas de la vida diaria a personas con discapacidad física; perros de aviso o alerta médica y a los perros para personas con trastornos del espectro autista (TEA). Todos deberán portar en el collar un distintivo oficial y los usuarios y usuarias dispondrán de un carné acreditativo que identifique a cada usuario y a su perro.

También se contempla la posibilidad de que las personas con discapacidad usuarias de perros de asistencia que provengan de otras Comunidades y otros países, disfruten de los derechos y obligaciones previstos en esta Ley durante su estancia temporal en la región, siempre que cumplan los requisitos.

La Ley, además, cuenta con un régimen sancionador.
 

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